Resolución Normativa (ARBA) 47/09
Ingresos Brutos. Contribuyentes locales. Arbanet.
Se establecen las condiciones y el mecanismo que se seguirá para la devolución de los saldos a favor correspondientes al período fiscal 2008, para los contribuyentes incluidos en Arbanet (ver novedades diciembre/08).
La devolución de los saldos a favor de los contribuyentes se hará efectiva de oficio, en tanto se encuentren reunidas las siguientes condiciones:
La comunicación de la existencia de saldos a devolver se efectuará mediante la publicación en la página de Internet de Arba (www.arba.gov.ar) de un padrón de contribuyentes que contendrá la nómina de sujetos a los que corresponda efectuarles la devolución, y el mecanismo por medio del cual se hará efectiva.
Se establecen las condiciones y el mecanismo que se seguirá para la devolución de los saldos a favor correspondientes al período fiscal 2008, para los contribuyentes incluidos en Arbanet (ver novedades diciembre/08).
La devolución de los saldos a favor de los contribuyentes se hará efectiva de oficio, en tanto se encuentren reunidas las siguientes condiciones:
- a) El contribuyente haya confirmado, en oportunidad de presentar la declaración jurada anual del impuesto y dentro de los vencimientos previstos, la liquidación de carácter anual para el ejercicio fiscal 2008.
b) No registre deuda por períodos no prescriptos, proveniente del impuesto sobre los ingresos brutos.
c)No se encuentre sujeto a acciones de fiscalización por la Agencia de Recaudación.
La comunicación de la existencia de saldos a devolver se efectuará mediante la publicación en la página de Internet de Arba (www.arba.gov.ar) de un padrón de contribuyentes que contendrá la nómina de sujetos a los que corresponda efectuarles la devolución, y el mecanismo por medio del cual se hará efectiva.
15/07/09