Resolución (Ministerio de Finanzas – Córdoba) 28
Ingresos Brutos. Régimen de recaudación sobre acreditaciones en cuantas bancarias.
Se establece en el 1% la alícuota del Régimen de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre las acreditaciones bancarias para contribuyentes locales.
La nueva alícuota es de aplicación para las recaudaciones practicadas a partir del 1/3/09.
Se establece en el 1% la alícuota del Régimen de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre las acreditaciones bancarias para contribuyentes locales.
La nueva alícuota es de aplicación para las recaudaciones practicadas a partir del 1/3/09.
24/02/09