Resolución General (AFIP) 2559
Procedimiento Fiscal. Pago electrónico de obligaciones. Su modificación.
Se crea el Volante Electrónico de Pago Consolidado (VEP Consolidado) que deberá ser utilizados por aquellos contribuyentes que utilicen el VEP como medio de cancelación y deban cancelar en forma simultanea 2 o más obligaciones.
El VEP Consolidado agrupará en un solo instrumento a los distintos VEP generados, que a partir de ahora se denominarán sub VEP, cancelando el contribuyente en forma electrónica desde el sitio de la entidad bancaria elegida el VEP Consolidado.
La nueva disposición será de aplicación a partir del 1/4/09 inclusive.
Se crea el Volante Electrónico de Pago Consolidado (VEP Consolidado) que deberá ser utilizados por aquellos contribuyentes que utilicen el VEP como medio de cancelación y deban cancelar en forma simultanea 2 o más obligaciones.
El VEP Consolidado agrupará en un solo instrumento a los distintos VEP generados, que a partir de ahora se denominarán sub VEP, cancelando el contribuyente en forma electrónica desde el sitio de la entidad bancaria elegida el VEP Consolidado.
La nueva disposición será de aplicación a partir del 1/4/09 inclusive.
26/02/09