Resolución General (AFIP) 2507/08

Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo en relación de dependencia.

Se establece que el importe a retener en concepto de Impuesto a las Ganancias, correspondiente a la renta por el trabajo en relación de dependencia, no podrá ser mayor al que surja de aplicar la alícuota máxima del tributo a la remuneración que se estéabonando.

El límite mencionado no será tenido en cuenta para el cálculo de la retención correspondiente a la liquidación anual o final.
20/10/08