Resolución Normativa (Córdoba) 21/08

Ingresos Brutos. Reintegro de gastos.

Se establece en forma precisa los requisitos que deben verificarse para poder excluir de la base imponible del Impuesto sobe los Ingresos Brutos, aquellos ingresos por los cuales se pruebe fehacientemente que constituyen recupero de gastos realizados por cuenta de terceros y no producto de su actividad.

24/10/08