Ley (Pcia. de Córdoba) 9505

Impuesto sobre los Ingresos Brutos

De acuerdo con lo que adelantáramos, se introdujeron modificaciones al impuesto sobre los Ingresos Brutos, destacándose:

  • Se establece la alícuota general en un 4%.

  • Se suspende hasta el 31/12/2010 las exenciones establecidas para la actividad de construcción y la actividad industrial.

  • Se suspende hasta el 31/12/2010 las exenciones establecidas para la actividad de construcción y la actividad industrial, en el caso de esta última actividad, no alcanza la suspensión para aquellos contribuyentes cuya sumatoria de base imponible para el período fiscal 2007 por la totalidad de las actividades desarrolladas, incluidas las exentas y/o no gravadas, cualquiera fuese la jurisdicción en la que se hubiesen desarrollado no supere la suma de $ 2.000.00.

Las modificaciones tienen vigencia a partir del 1/8/08.

08/08/08