Resolución General (AFIP) 2477

Impuesto sobre los Combustibles Líquidos – SUSS

Se establece que las empresas de pasajeros por ómnibus que de acuerdo con la Resolución General (AFIP) 1088 deben informar el cómputo del pago a cuenta del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos contra las Contribuciones Patronales, deberán realizarlo mediante la transferencia electrónica de datos a través dela página de internet dela AFIP, utilizando la clave fiscal.

La nueva disposición entra en vigencia para el período fiscal devengado septiembre 2008.

12/08/08