Resolución General (AFIP) 3119

Procedimiento Fiscal. Régimen de información de transferencia de aeronaves usadas matriculadas en el país.

Se establece un Régimen de información sobre transferencias de aeronaves usadas matriculadas en el país, que deberá ser cumplimentado por quienes resulten titulares registrales de los bienes que transfieren, las personas físicas, jurídicas o fideicomisos que cumplan con lo dispuesto en el artículo 48 del Código Aeronáutico de la República Argentina - Ley 17285 - Título IV - AERONAVES, Capítulo V, PROPIEDAD DE AERONAVES.

Los titulares de dominio deberán obtener, con carácter previo a la realización de los actos de transferencia de los citados bienes, aún cuando se realicen a título gratuito, el "Certificado de Transferencia de Aeronaves" (CETAE).

A los efectos de tramitar el certificado, deberán ingresar a la página de Internet de la AFIP www.afip.gov.ar y utilizando la clave fiscal ingresar al servicio “Transferencia de Bienes Muebles Registrables - Certificado de Transferencia de Aeronaves (CETAE)”.

El presente Régimen entrará en vigencia a partir del 1/8/11, quedando sin efecto a partir de la citada fecha, las obligaciones relacionadas con la transferencia de aeronaves usadas matriculadas en el país, establecidas en la Resolución General (AFIP) 2762.
02/06/11