Decreto (PEN) 1585/10
Trabajo. Feriados turísticos.
Se fijan como días feriados con fines turísticos, las siguientes fechas:
- Año 2011: - 25 de marzo y 9 de diciembre.
- Año 2012: - 30 de abril y 24 de diciembre.
- Año 2013: - 1 de abril y 21 de junio.
El presente decreto tendrá vigencia a partir del 3/11/10.
Se fijan como días feriados con fines turísticos, las siguientes fechas:
- Año 2011: - 25 de marzo y 9 de diciembre.
- Año 2012: - 30 de abril y 24 de diciembre.
- Año 2013: - 1 de abril y 21 de junio.
El presente decreto tendrá vigencia a partir del 3/11/10.
03/11/10