Decreto (PEN) 1585/10

Trabajo. Feriados turísticos.

Se fijan como días feriados con fines turísticos, las siguientes fechas:

- Año 2011: - 25 de marzo y 9 de diciembre.

- Año 2012: - 30 de abril y 24 de diciembre.

- Año 2013: - 1 de abril y 21 de junio.

El presente decreto tendrá vigencia a partir del 3/11/10.
03/11/10