Resolución General (AFIP) 2904

Facturación y Registración. Factura electrónica.

Se sustituyen las normas que facultan a la AFIP a incorporar a través de notificaciones fehacientes a determinados contribuyentes -que revistan el carácter de responsables inscriptos- dentro del Régimen de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes.

Se destaca, la obligación por parte del Fisco de notificar a los contribuyentes su inclusión al Régimen, con una antelación no menor a 30 días hábiles administrativos.
09/09/10