Resolución General (DGR Salta) 1/10

Actividades económicas. Régimen de percepción.

Se establece que los Agentes de Percepción del Impuesto a las Actividades Económicas (Resolución General –DGR- 6/05) que efectúen operaciones con sujetos no inscriptos en el impuesto, como contribuyente Local o del Convenio Multilateral, deberán aplicar una alícuota equivalente al triple de la vigente, sobre la base imponible de la operación, para el cálculo de la percepción correspondiente.
12/01/10