Resolución (Ministerio de Producción) 41/09

Régimen de Incentivo Fiscal para Bienes de Capital, Informática y Telecomunicaciones.

Se reglamentan ciertos aspectos relacionados con el Régimen de Incentivo Fiscal, entre los que queremos destacar los siguientes:

  • Los sujetos beneficiarios del Régimen deberán ser Responsables Inscriptos en el IVA.

  • Se fijan las fechas en que deberán presentarse las notas referidas al compromiso de mantenimiento de personal, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1°, inciso a) del Decreto 594/04.

  • Se establece que el Bono Fiscal previsto en el Régimen, podrá ser cedido a bancos comerciales, públicos o privados, o empresas que integran la cadena de valor de bienes de capital según las actividades que se detallan en el Anexo de la presente Resolución.

La norma es de aplicación a partir del 10/2/09.

10/02/09