Resolución Normativa (ARBA) 57/11

Ingresos Brutos. Régimen de retención y percepción. Agente de Recaudación.

Se establece que cuando los agentes de recaudación efectúen retenciones y/o percepciones a sujetos con CUIT no identificadas, deberán ingresar los importes informando los datos del sujeto retenido y/o percibido consignando a tal efecto la Clave Única de Identificación Tributaria de Arba 30-71040461-1, o bien la Clave Única de Identificación Tributaria genérica 23-00000000-0, quedando prohibida la posibilidad de informar las citadas percepciones y retenciones mediante la consignación de otras Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT).

02/12/11