Resolución (AGIP CABA) 301/11

Ingresos Brutos. Régimen general de retención. Contribuyentes comprendidos en regímenes especiales del Convenio Multilateral. Base de cálculo de la retención.

Se dispone que los Agentes de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, oportunamente designados por esta Administración que actuaren en virtud de la Resolución (SHyF) 533/00 y sus modificatorias, respecto de contribuyentes comprendidos en regímenes especiales del Convenio Multilateral, deberán tomar como base de cálculo de la correspondiente retención, la proporción de base imponible que, de acuerdo con dichos regímenes, corresponda a esta jurisdicción.
16/06/11