Resolución Normativa (Arba PBA) 88/10
Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Uniones Transitorias de Empresas.
Se define el procedimiento que deberán seguir las Uniones Transitorias de Empresas que estén finalizando su objeto y que estuviesen gestionando la baja como contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para poder transferir los saldos a favor de que registren en el impuesto por retenciones o percepciones sufridas en exceso a favor de los sujetos que la integren.
Se define el procedimiento que deberán seguir las Uniones Transitorias de Empresas que estén finalizando su objeto y que estuviesen gestionando la baja como contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para poder transferir los saldos a favor de que registren en el impuesto por retenciones o percepciones sufridas en exceso a favor de los sujetos que la integren.
07/04/11