Resolución (Comisión Plenaria) 17/10
Convenio Multilateral. Reglamento procesal.
Se amplían los plazos que tienen las jurisdicciones para la contestación de los traslados corridos por la Comisión Arbitral, en las acciones que se promuevan ante ella por casos concretos originados en determinaciones impositivas.
Se amplían los plazos que tienen las jurisdicciones para la contestación de los traslados corridos por la Comisión Arbitral, en las acciones que se promuevan ante ella por casos concretos originados en determinaciones impositivas.
08/10/10