Resolución General (AFIP) 2791
Ganancias. Deducciones especiales de la 3° categoría. Malos créditos.
Se modifica el importe máximo de los créditos morosos de escasa significación originados en operaciones comerciales, que resultan deducibles de las rentas de tercera categoría en el Impuesto a las Ganancias, incrementándose de $ 5.000.- a $ 10.000.-.
El nuevo valor será de aplicación a partir del 9/3/10.
Se modifica el importe máximo de los créditos morosos de escasa significación originados en operaciones comerciales, que resultan deducibles de las rentas de tercera categoría en el Impuesto a las Ganancias, incrementándose de $ 5.000.- a $ 10.000.-.
El nuevo valor será de aplicación a partir del 9/3/10.
08/03/10