Decreto (PEN) 2227/09

Impuestos Internos.

Se establecen alícuotas y valores de venta, para la aplicación de los Impuestos Internos correspondiente al rubro vehículos, chasis con motor y motores, embarcaciones y aeronaves y al rubro automotores y motores gasoleros, que tendrán vigencia para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del día 1/1/10 y hasta el día 31/12/10, ambas fechas inclusive.
12/01/10