Resolución General (ATP Chaco) 1638/09
Reempadronamiento obligatorio.
Se prorroga hasta el 31/1/10, la fecha para cumplimentar con el reempadronamiento obligatorio de los contribuyentes de los tributos provinciales, previsto por el artículo 3° de la Resolución General 1591/08.
Recordamos que la fecha original había sido prorrogada hasta el 30 de noviembre próximo pasado.
Se prorroga hasta el 31/1/10, la fecha para cumplimentar con el reempadronamiento obligatorio de los contribuyentes de los tributos provinciales, previsto por el artículo 3° de la Resolución General 1591/08.
Recordamos que la fecha original había sido prorrogada hasta el 30 de noviembre próximo pasado.
03/12/09