Resolución General (AFIP) 2715
Procedimiento Fiscal. Certificado de validación de datos de importaciones (CVDI). Modificaciones.
Se introducen modificaciones vinculadas con la obtención del CVDI, destacándose:
La presente Resolución entra en vigencia a partir del 1/1/10.
Se introducen modificaciones vinculadas con la obtención del CVDI, destacándose:
- Quedan excluidos de obtener el certificado los contribuyentes obligados a emitir comprobantes de venta tipo "M".
- Para su solicitud se deberá tener una antigüedad mínima como contribuyente de 3 meses y estar incluido y habilitado para operar en el Registro de Importadores y Exportadores.
- Se establece como condición haber cumplido con la presentación de la declaración jurada correspondiente al Régimen de información sobre participaciones societarias, RG (DGI) 4120.
- Los contribuyentes que incurran en las causales de caducidad, quedarán inhabilitados para solicitar uno nuevo por el término de 6 meses, contados a partir del día inmediato siguiente a la fecha de notificación del acto resolutivo.
La presente Resolución entra en vigencia a partir del 1/1/10.
30/11/09