Resolución (DGR Entre Ríos) 346/09
Ingresos Brutos. Régimen de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre Acreditaciones Bancarias.
Se excluyen del Régimen de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre Acreditaciones Bancarias a los importes que se acrediten en concepto de indemnizaciones derivadas de relaciones laborales extinguidas.
También se excluyen a los importes en cheques, correspondientes a créditos o aportes obtenidos en el país o en el exterior, debiendo el titular de la cuenta solicitar al Comité de Administración Sircreb y a la DGR, que se admita la exclusión en el sistema, demostrando fehacientemente el origen de los fondos.
Se excluyen del Régimen de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre Acreditaciones Bancarias a los importes que se acrediten en concepto de indemnizaciones derivadas de relaciones laborales extinguidas.
También se excluyen a los importes en cheques, correspondientes a créditos o aportes obtenidos en el país o en el exterior, debiendo el titular de la cuenta solicitar al Comité de Administración Sircreb y a la DGR, que se admita la exclusión en el sistema, demostrando fehacientemente el origen de los fondos.
03/11/09