Decreto (PEN) 1694/09

Previsión Social. Riesgos del trabajo. Prestaciones dinerarias. Topes indemnizatorios. Modificación.


Se incrementan las prestaciones dinerarias en concepto de incapacidad laboral permanente y fallecimiento, actualizándose las compensaciones dinerarias adicionales de pago único.

Se eliminan los topes indemnizatorios para todos los casos y se establecen los montos por debajo de los cuales no se reconocerá válidamente el monto indemnizatorio.

Se excluyen del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias a los pagos que en concepto de prestaciones dinerarias de la Ley 24557, perciban los damnificados como consecuencia de una contingencia laboral.
06/11/09