Resolución (Subsecretaría Recursos Tributarios – Santa Cruz) 14/09
Procedimiento. Reempadronamiento.
Se establece hasta el 21/12/09 inclusive, un reempadronamiento para los contribuyentes con domicilio en la provincia, que fuesen contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y que no hubieran adherido al Plan de Régimen Especial de Presentación Espontánea y Regularización de Deudas Impositivas (Ley 3066).
Las presentaciones tendrán el carácter de declaración jurada, y deberá realizarse vía transferencia electrónica de dato en la página de Internet www.rentasantacruz.gov.ar.
Se establece hasta el 21/12/09 inclusive, un reempadronamiento para los contribuyentes con domicilio en la provincia, que fuesen contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y que no hubieran adherido al Plan de Régimen Especial de Presentación Espontánea y Regularización de Deudas Impositivas (Ley 3066).
Las presentaciones tendrán el carácter de declaración jurada, y deberá realizarse vía transferencia electrónica de dato en la página de Internet www.rentasantacruz.gov.ar.
22/09/09