Resolución Normativa (AFIP) 2676
Facturación. Reempadronamiento de controladores fiscales.
Se establece un reempadronamiento de controladores fiscales que deberá realizarse entre el 14/9/09 y el 16/10/09, ambas fechas inclusive.
Para realizar el reempadronamiento los contribuyentes deberán acceder desde la página de Internet de la AFIP www.afip.gov.ar con la Clave Fiscal al servicio de “Gestión de Controladores Fiscales” seleccionando la opción “Reempadronamiento de Controladores Fiscales”
Los Controladores Fiscales que no realicen el trámite, quedarán inhabilitados a partir del 17/10/09, inclusive.
Se establece un reempadronamiento de controladores fiscales que deberá realizarse entre el 14/9/09 y el 16/10/09, ambas fechas inclusive.
Para realizar el reempadronamiento los contribuyentes deberán acceder desde la página de Internet de la AFIP www.afip.gov.ar con la Clave Fiscal al servicio de “Gestión de Controladores Fiscales” seleccionando la opción “Reempadronamiento de Controladores Fiscales”
Los Controladores Fiscales que no realicen el trámite, quedarán inhabilitados a partir del 17/10/09, inclusive.
14/09/09