Resolución Normativa (DGR Córdoba) 40/09
Procedimiento. Contribuyentes del Convenio Multilateral.
Se establece que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que liquiden bajo las normas del Convenio Multilateral e ingresen sus obligaciones tributarias mediante transferencias electrónicas, deberán seguir el procedimiento establecido por la Comisión Arbitral en la Resolución General 5/09 (ver novedades mayo/09).
Se establece que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que liquiden bajo las normas del Convenio Multilateral e ingresen sus obligaciones tributarias mediante transferencias electrónicas, deberán seguir el procedimiento establecido por la Comisión Arbitral en la Resolución General 5/09 (ver novedades mayo/09).
17/06/09