Resolución (Ministerio de Finanzas de Córdoba) 52
Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias. Modificaciones.
Se introducen modificaciones a las alícuotas y letras aplicables a los contribuyentes incluidos en el Régimen.
Se establece que los contribuyentes locales serán pasibles de una alícuota del 1% salvo que la Dirección General de Rentas establezca alícuotas diferenciales.
Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias. Modificaciones.
Se introducen modificaciones a las alícuotas y letras aplicables a los contribuyentes incluidos en el Régimen.
Se establece que los contribuyentes locales serán pasibles de una alícuota del 1% salvo que la Dirección General de Rentas establezca alícuotas diferenciales.
02/04/09