Resolución General (AFIP) 2592
Impuesto a las Ganancias e Impuesto sobre los Bienes Personales.
Período fiscal 2008. Prórroga.
Se dispone la prórroga de los vencimientos fijados para abril correspondiente a las presentaciones de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales de las personas físicas y sucesiones indivisas. Las presentaciones se podrán efectuar, de acuerdo con la terminación de la CUIT, entre el 11 y 15 de mayo de 2009.
El ingreso del saldo resultante de las declaraciones juradas no fue prorrogado, debiendo realizarse de acuerdo con los vencimientos generales, entre el 20 y 27 de abril de 2009.
Período fiscal 2008. Prórroga.
Se dispone la prórroga de los vencimientos fijados para abril correspondiente a las presentaciones de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales de las personas físicas y sucesiones indivisas. Las presentaciones se podrán efectuar, de acuerdo con la terminación de la CUIT, entre el 11 y 15 de mayo de 2009.
El ingreso del saldo resultante de las declaraciones juradas no fue prorrogado, debiendo realizarse de acuerdo con los vencimientos generales, entre el 20 y 27 de abril de 2009.
16/04/09