Proyecto de Ley PEN
Impuesto a las Ganancias. Deducciones personales.
Se promulgó como Ley en el día de hoy, el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo por el cual se elimina el artículo 1° a continuación del artículo 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, referido a la reducción de las deducciones personales.
La modificación sería de aplicación a partir del 1° de enero de 2009, pero el Proyecto prevé la exclusión de la aplicación del artículo citado, en el cálculo de la retención correspondiente al pago del sueldo anual complementario que se abona en diciembre.
Se promulgó como Ley en el día de hoy, el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo por el cual se elimina el artículo 1° a continuación del artículo 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, referido a la reducción de las deducciones personales.
La modificación sería de aplicación a partir del 1° de enero de 2009, pero el Proyecto prevé la exclusión de la aplicación del artículo citado, en el cálculo de la retención correspondiente al pago del sueldo anual complementario que se abona en diciembre.
19/12/08